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Documento BOE-J-2024-49727

VALLADOLID. Edicto de 25 de enero de 2024 en procedimiento concursal número 422/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2024-49727

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JDO. DE LO MERCANTIL N. 1

Dirección: C/ NICOLAS SALMERON, 5-1º

Localidad: VALLADOLID

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

Correo electrónico: mercantil1.valladolid@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 422/2023

NIG: 4718647120230000883

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 422/2023 y NIG nº 4718647120230000883 se ha dictado en fecha 22 de enero de 2024 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario ordinario sin masa de los deudores, D.GERMAN FERNANDEZ OVEJERO y ROSA MARIA ESCRIBANO CABALLERO con DNI 71934580X, y DNI 12335295G respectivamente, cuyo centro de intereses principales lo tiene en VALLADOLID . 2º.- Se ha acordado remitir telemáticamente al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón Edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos: 1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley. 2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados. 3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable. La retribución del administrador corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado. 4º.- Contra el auto cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN en un plazo de 5 días ante este mismo Juzgado, para cuya admisión a trámite será preciso acreditar la consignación de un depósito previo de 25 euros en la cuenta de consignaciones y depósitos de este juzgado (art. 546 TRLC). 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.

VALLADOLID, 25 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA TAMAYO GÓMEZ

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