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Documento BOE-J-2024-44452

SEVILLA. Edicto de 24 de enero de 2024 en procedimiento civil número 313/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2024-44452

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: JInstancia.4.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 313/2023

NIG: 4109142120230008878

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 15/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CYRIL ABOUBAKA - NIF/NIE: ****6071*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DECRETOLetrada de la Administración de Justicia, Sra.: CECILIA CARANDE CAMENOEn SEVILLA, a quince de septiembre de dos mil veintitrés.ANTECEDENTES DE HECHOÚNICO.- El anterior escrito presentado por el Procurador D. ALFONSO JUAN ESCOBAR PRIMO, en nombre y representación procesal de la demandante, unase, y se tienen por efectuadas sus alegaciones, con respecto al informe de vulnerabilidad recibido del Ayuntamiento de Sevilla. En dicho informe, recibido el primer dia hábil del mes de Septiembre, del Área de servicios sociales del Excmo Ayuntamiento de Sevilla, el trabajador social nos comunica que el demandado D. CYRIL ABOUBAKA se halla en situación de especial vulnerabilidad.FUNDAMENTOS DE DERECHOUNICO.- Dicho informe se emite para surtir efectos en el procedimiento en curso en este Juzgado, ya que el inmueble de cuyo lanzamiento se trata constituye vivienda habitual del demandado. Por tanto, tal y como indica la reforma introducida por el Real-Decreto Ley 7/2019, en el art. 441.5 de la LEC se acuerda la suspensión del presente procedimiento, en el estado en que se encuentra, y por tanto queda aplazado el lanzamiento que estuviere señalado hasta que se adopten las medidas que los servicios sociales estimen oportunas, durante el plazo máximo de 1 mes desde la notificación de la presente resolución, al tratarse el demandante de persona física. A tal efecto, remítase oficio al Area de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, comunicando lo acordado, y a los efectos oportunos. Una vez adoptadas las medidas o transcurrido el plazo indicado se alzará la suspensión y continuará la ejecución por sus trámites ordinarios, interesando sin más dilación al SCNE nueva fecha de lanzamiento.PARTE DISPOSITIVA:DISPONGO:

Acordar la suspensión del presente procedimiento, y por tanto, el aplazamiento del lanzamiento acordado para la vivienda sita en la calle Calle Triángulo, 2, 4º D, de SEVILLA, hasta que se adopten las medidas que los servicios sociales estimen oportunas, durante el plazo máximo de 1 mes desde la notificación de la presente resolución, al tratarse el ejecutante de persona física. Una vez adoptadas las medidas o transcurrido el plazo indicado se alzará la suspensión y continuará la ejecución por sus trámites ordinarios, interesando sin más dilación al SCNE nueva fecha de lanzamiento.Líbrese oficio al Area de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, comunicando la suspensión acordada, y a los efectos oportunos.MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN, ante el Secretario Judicial que la dicta. No obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, requisito sin el cual NO SE ADMITIRÁ A TRÁMITE.Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Sevilla, 24 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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