Juzgado de Primera Instancia Nº 18 de Sevilla
Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41018
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955544034
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.18.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1190/2021
NIG: 4109142120210034682
Diligencia
Fecha: 17/01/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 días
JOSE DAVID BAJO FERNANDEZ - NIF/NIE: ***9827**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Juzgado de Primera Instancia Nº 18 de Sevilla
C\ Vermondo Resta, s/n., 41018, Sevilla, Tlfno.: 955544034 955544035, Fax: 955043106, Correo electrónico: JInstancia.18.Sevilla.jus@juntadeandalucia.es
N.I.G: 4109142120210034682.
Tipo y número de procedimiento: Procedimiento Ordinario 1190/2021. Negociado: 2P
Materia: Condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física
De: ZOLVA NPLCO, S.A.R.L.
Abogado/a: JOAQUIN BAUMELA BUENO
Procurador/a: ELENA CANTUA PAREJO
Contra: FRANCISCO MANUEL MARIMON FERRERA, JOSE DAVID BAJO FERNANDEZ y GLOBAL DE CONGRESOS Y VIAJES
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrado de la Administración de Justicia: D. Jose Manuel Salto Chicano
En Sevilla, a diecisiete de enero de dos mil veinticuatro.
Visto el estado de las actuaciones, no habiendo comparecido la parte demandada dentro del plazo para contestar a la demanda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se declara a la parte demandada en situación de rebeldía procesal.
Conforme a lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley, por ser conocido el domicilio de los codemandados D. FRANCISCO MANUEL MARIMON FERRERA y GLOBAL DE CONGRESOS Y VIAJES, notifíqueseles esta resolución por correo certificado con acuse de recibo, advirtiéndoles que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.
Con arreglo al citado artículo, siendo desconocido el domicilio del codemandado D. JOSE DAVID BAJO FERNÁNDEZ, notifíquesele la presente resolución por medio de un edicto que será publicado en el tablón edictal judicial único (TEJU), advirtiéndole que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.
Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la LEC, y de acuerdo con lo dispuesto en el mismo, se convoca a las partes a una audiencia, previa al juicio, para:
1) intentar un acuerdo o transacción entre las mismas,
2) examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto.
3) fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho, sobre los que exista controversia; y,
4) finalmente, y si procediera proponer y admitir prueba.
También examinarán en la audiencia las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley puedan, plantearse en la misma.
Se señala para la celebración de la audiencia el próximo día 01/04/2024 a las 12:10 horas, en la Sala de Vistas Nº 9 Planta Primera (C/ Vermondo Resta, s/n.), citándose a las partes con las prevenciones que seguidamente se indican.
1- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado/a.
Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores/as, deberán otorgar a éstos poder para renunciar, allanarse o transigir.
Si no comparecieran personalmente ni otorgaren el apoderamiento expresado se les tendrá por no comparecidos (artículo 414.2 de la LEC).
2.- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará auto de sobreseimiento del proceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (artículo 414.3 de la LEC).
3.- Si sólo comparece la parte demandada y ésta no alegare interés legítimo en que continúe el procedimiento, también se sobreseerá el proceso (artículo 414.3 de la LEC).
4.- Si fuera la parte demandada la que no concurriere a la audiencia, el acto se entenderá sólo con el actor (artículo 414.3 de la LEC).
5.- Por último, si faltare a la audiencia el/la abogado/a de la parte actora se sobreseerá el proceso, salvo que la parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento.
Si faltare el/la abogado/a de la parte demandada, la audiencia se seguirá con el demandante en lo que resultare procedente (artículo 414.4 de la LEC).
De esta resolución doy cuenta al órgano judicial.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
Lo acuerdo y firmo.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Sevilla, 24 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE MANUEL SALTO CHICANO
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