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Documento BOE-J-2024-37936

SEVILLA. Edicto de 19 de enero de 2024 en procedimiento civil número 837/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2024-37936

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: jinstancia.4.sevilla.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 837/2021

NIG: 4109142120210022259

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 16/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 DIAS

DESTINATARIOS

INICIATIVAS Y VENTAS TECNICAS SL - NIF/NIE: ****4821*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el procedimiento referenciado, se ha dictado DECRETO N.º 39/2024, firmado digitalmente el 16/01/2024 cuyo parte dispostiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA:

ACUERDO:

1.- Aprobar la adjudicación a favor de GS-V S.A.R.L., con CIF N0186103H, y con domicilio social en 26 Boulevard Royal, 6th floor, L-2449, Luxemburgo (Gran Ducado de Luxemburgo) e inscrita en el Registro de Comercio y Sociedades de Luxemburgo de las siguientes fincas descritas en el antecedente de hecho primero de esta resolución:

1) FINCA: 35.655. inscrita en el Registro de la Propiedad número 9 de Sevilla., por importe de NUEVE MIL CIEN EUROS (9.100,00€), inferior al principal por el cual se despachó ejecución, cantidad correspondiente al 50% del valor de tasación del bien hipotecado, con expresa reserva de ceder la misma a un tercero.

2) FINCA: 35.689. inscrita en el Registro de la Propiedad número 9 de Sevilla., por importe de NOVENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS (90.950,00€), inferior al principal por el cual se despachó ejecución, cantidad correspondiente al 50% del valor de tasación del bien hipotecado, con expresa reserva de ceder la misma a un tercero.

2.- Aprobar la cesión de la adjudicación sobre las fincas descritas en el antecedente de hecho primero de esta resolución, efectuada por la parte ejecutante GS-V S.A.R.L., a favor de G-GIANTS REO II, S.L. , con C.I.F. B88001078, con domicilio en Madrid, C.P. 28027, calle Albacete, 3, planta 5ª, que figura inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 37.170 folio 205, Sección 88, hoja número M663376,inscripción 1ª,por las sumas respectivas de NUEVE MIL CIEN EUROS (9.100,00€) para la finca registral 35.655 y de NOVENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS (90.950,00€) para la finca registral 35.869, cantidad igual al 50% del valor de tasación respectivo.

3- Hacer constar que el precio de adjudicación, de CIEN MIL CINCUENTA EUROS (100.050,00€) es inferior al principal por el cual se ha despachado ejecución, no resultando por tanto sobrante a disposición de terceros o de quien corresponda. Asímismo, la cantidad entregada al acreedor en pago de la deuda existente no excede, por cada uno de los conceptos de principal, intereses y costas, del límite de la respectiva cobertura hipotecaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 692 de la LEC y 132 de la LH.

4- Hacer constar que la entidad ejecutada, INICIATIVAS Y VENTAS TÉCNICAS, S.L.,no se ha personado en el procedimiento, ni formulado oposición a la ejecución hipotecaria, basado en la existencia de cláusulas abusivas.

5- No consta en autos que la finca hipotecada esté arrendada u ocupada por terceras personas ajenas al ejecutado, sin que se haya entregado la posesión del inmueble al acreedor ejecutante.

6.- Hacer entrega al adjudicatario, una vez firme la presente resolución, de testimonio de la misma que servirá de título bastante para su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, y para la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. A su instancia se expedirá igualmente mandamiento de cancelación de la hipoteca, objeto de la inscripción 2ª, y de las inscripciones y anotaciones posteriores, incluso las que se hubieran verificado después de expedida la certificación prevenida en el artículo 688 de la LEC, haciéndose constar expresamente que el precio de adjudicación fue inferior al importe total del crédito del actor, no resultando sobrante a disposición de terceros.

MODO DE IMPUGNACIÓN: contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido, (art. 454 bis LEC). El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el DEPÓSITO para recurrir de VEINTICINCO EUROS, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones nº 4000/0000/06/0837/21, del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 4 DE SEVILLA, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos NO SE ADMITIRÁ A TRÁMITE el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.-

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia del Fiador: JOSE RAMÓN SORIANO MORENO y liquidador de la Ejecutada INICIATIVAS Y VENTAS TÉCNICAS, S.L., por diligencia de ordenación de 16/01/2024, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del BOE para llevar a efecto la diligencia de notificación

En Sevilla, en el día de la firma.

Sevilla, 19 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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