Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Donostia-San Sebastián
Dirección: Plaza TERESA DE CALCUTA 1
Localidad: Donostia/San Sebastián
Código Postal: 20012
Provincia: Gipuzkoa
Correo electrónico: mercantil2.donostia@justizia.eus
Concursal
Número: 190/2024
Auto
Fecha: 25/06/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
A U T O
Magistrado QUE LO DICTA: D./D.ª Daniel Sanchez de HaroLugar:
Donostia - San SebastiánFecha: 25 de junio del 2024
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el presente procedimiento se ha dictado auto de declaración de concurso de JESUS IRAZABAL GUINEA el 21/06/2024 que ha sido notificada a las partes
SEGUNDO.- En la referida resolución figura el/los siguiente/s párrafo/s:
"FUNDAMENTOS DE DERECHO
QUINTO.-
Respecto a los efectos que la declaración de concurso ha de tener sobre las facultades patrimoniales del concursado, procede en este caso acordar la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición de la masa activa. "
TERCERO.- Actuando de oficio
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El artículo 214.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece que los tribunales no pueden variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.La aclaración o la rectificación puede realizarse, según el apartado 2 del mismo precepto de oficio, dentro de los dos días siguientes a la publicación de la resolución o, a instancia de parte o del Ministerio Fiscal, formulada dentro del mismo plazo, es decir dentro del plazo de dos días, pero contado en este caso desde la respectiva notificación. Tratándose de errores materiales manifiestos o aritméticos la rectificación puede realizarse en cualquier momento (apartado 3 del artículo 214 de la LEC).
SEGUNDO.- En el presente caso se acuerda la aclaración .
PARTE DISPOSITIVA
1.- SE ACUERDA ACLARAR el auto dictado en el presente procedimiento con fecha 21/06/2024 .
2.- La referida resolución queda definitivamente redactada en el particular señalado en los antecedentes, de la siguiente forma:
"FUNDAMENTOS DE DERECHO
QUINTO.- Respecto a los efectos que la declaración de concurso ha de tener sobre las facultades patrimoniales del concursado, procede en este caso acordar la INTERVENCION del ejercicio de las facultades de administración y disposición de la masa activa. "
Donostia/San Sebastián, 26 de junio de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL VILLOSLADA TORQUEMADA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid