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Documento BOE-J-2024-37136

GRANADA. Edicto de 19 de enero de 2024 en procedimiento civil número 2005/2002.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-37136

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Granada

Dirección: Plaza NUEVA 8

Localidad: Granada

Código Postal: 18009

Provincia: Granada

Teléfono: 958058968

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.7.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 2005/2002

NIG: 1808742120220032422

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 26/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin plazo, es firme

DESTINATARIOS

MARCIAL GUSANO GONZALEZ - NIF/NIE: ***3611**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO En el procedimiento referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente: SENTENCIA N.º 202/23 En Granada, a 26 de octubre de 2023. Vistos por SSª doña Mónica Alcaide Carrillo, Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Granada, los presentes autos de JUICIO VERBAL, con el número 2005/2022, sobre reclamación de cantidad a instancia de la entidad MEDIUS COLLECTION, S.L., representada por don Przemyslaw Eduard Dabrwski, posteriormente DON MAKSYM KAROL WOJCIK en su condición de administrador y representante legal de la actora, frente a DON MARCIAL GUSANO GONZÁLEZ, en reclamación de la cantidad de 392,08 EUROS. FALLO ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por MEDIUS COLLECTION, S.L., representada por don DON MAKSYM KAROL WOJCIK en su condición de administrador y representante legal de la actora, frente a DON MARCIAL GUSANO GONZÁLEZ declarado en situación legal de rebeldía procesal, condenándose al demandado a abonar a la actora la cantidad 392,08 de euros, más intereses legales desde la interpelación judicia

Con expresa imposición de costas a la demandada. Notifíquese a la partes la presente resolución haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 455 de la LEC

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: MARCIAL GUSANO GONZALEZ, por providencia de 27/10/2023, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificacion de sentencia

Granada, 19 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE MANRUBIA ABELLAN

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