Está Vd. en

Documento BOE-J-2024-371101

POSADAS. Edicto de 21 de junio de 2024 en procedimiento civil número 345/2016.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 154, de 26 de junio de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - CÓRDOBA
Referencia:
BOE-J-2024-371101

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Posadas

Dirección: Calle PINTOR PABLO PICASO S/N

Localidad: Posadas

Código Postal: 14730

Provincia: Córdoba

Teléfono: 957115068

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.Posadas.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 345/2016

NIG: 1405342020160001136

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 22/02/2017

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

IGNORADOS HEREDEROS DE SIMON SANTIAGO MAESTRE

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se DESPACHA a instancia de B. S. S.A. ejecución frente a S. S. M. por las siguientes cantidades 114.470,25 € de principal, mas 34.341,07 € presupuestados para intereses y costas.. Expídase Mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad de Posadas, a fin de que remita certificación en la que consten los siguientes extremos: La titularidad del dominio y demás derechos reales del bien hipotecado. Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre el bien hipotecado, en especial relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas. Que la hipoteca a favor del ejecutante se halla subsistente y sin cancelar, o, en su caso, la cancelación o modificaciones que aparecieren en el Registro. subsistente y sin cancelar o, en su caso, la cancelación o modificaciones que aparecieren en el Registro. Requiérase al ejecutado a fin de que en el acto haga pago de la cantidades por las que se despacha ejecución. Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s con entrega de copia de demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda personarse en la ejecución. . Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno. (Art. 551.2 LEC), sin perjuicio de que el/los deudor/es pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los DIEZ DIAS siguientes a la notificación de este Auto. Lo acuerda y firma el/la JUEZ, doy fe. EL/LA JUEZ EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Posadas, 21 de junio de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL PAREJA PAREJA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid