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Documento BOE-J-2024-370553

MADRID. Edicto de 18 de junio de 2024 en procedimiento civil número 191/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 154, de 26 de junio de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-370553

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 191/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/06/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

Acreedores del deudor

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid ANUNCIA En el procedimiento especial de liquidación con número de autos 191/2024, con Número de Identificación General (NIG) del procedimiento 28.079.00.2-2024/0078837, por auto de fecha 18.6.24 se ha acordado lo siguiente: 1.- Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de proceso especial necesario solicitado por el procurador Dña. María José Bueno Ramírez, en nombre y representación de DÑA. ESTEFANÍA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ DE LA ALEJA. 2.- Se declara abierto y se acuerda el inicio del proceso especial de microempresas, que tiene carácter de necesario, respecto de la deudora INVERSIONES CARTER Y LUCA, S.L. con CIF B-88.321.435; que se tramitará en todas sus fases y secciones por las normas del Libro I del TRLCo para el proceso concursal; sin más pronunciamientos. 3.- El pasivo relevante a efectos de solicitar la designación de administración concursal que elabore en informe del art. 37.ter.1º TRLCo asciende a la cantidad de 120.000,00.-€.; de lo que resulta que el acreedor o acreedores titulares de créditos que sumen la cantidad de 6.000,00.-€ estarán legitimados para dicha solicitud. 4.- Se concede a dichos acreedores legitimados que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, el plazo de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE, y en el Registro Público Concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLCo. A los meros efectos informativos y de modo provisional se fija el coste por retribución de dicho administrador concursal por la emisión de dicho informe, en la cantidad de 2.500,00.-€ (más sus correspondientes impuestos indirectos). 5.- Siendo el deudor persona jurídica, trascurrido el anterior plazo de quince (15) días sin que se haya solicitado el nombramiento de administración concursal para elaborar dicho informe, procederá directamente a la conclusión del concurso; lo que se acordará en Resolución separada.

Madrid, 18 de junio de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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