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Documento BOE-J-2024-35540

MUROS. Edicto de 22 de enero de 2024 en procedimiento civil número 108/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2024-35540

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Muros

Dirección: Calle CURRO DA PRAZA 1

Localidad: Muros

Código Postal: 15250

Provincia: A Coruña

Teléfono: 981826024

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 108/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 18/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 dias

DESTINATARIOS

DORINDA ALVITE FERNÁNDEZ Y PAULO HELIO DAMASÍO FERNÁNDEZ

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D E C R E T OSr./a Letrado de la Administración de Justicia:D./Dña. MARIA DEL MAR BARRAL PEREZ.En MUROS, a dieciocho de enero de dos mil veinticuatroANTECEDENTES DE HECHOÚnico.- En las presentes actuaciones se ha dictado por esteórgano judicial auto con orden general de ejecución de fecha18 de enero de 2024, a favor del/de la ejecutante, DOMINGOALVITE PIÑEIRO, MARIA DEL CARMEN ALVITE PIÑEIRO , JOSE ANTONIOALVITE FERNANDEZ , MARIA CONSUELO SILVA CAAMAÑO , FRANCISCOALVITE FERNANDEZ , GUMERSINDA RODRIGUEZ FREIRE , MARIA DELCARMEN ALVITE FERNANDEZ , y frente a DORINDA ALVITE FERNANDEZ,PAULO HELIO DAMASIO FERNANDEZ , parte ejecutada.FUNDAMENTOS DE DERECHOUnico.- Dispone el artículo 551.3 de la L.E.C., que dictado elauto que contiene la orden general de ejecución, el/la Letradode la Administración de Justicia responsable de la misma,CVE-: AB6hTjR1f8Verificación: https://sede.xustiza.gal/cvedictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la L.E.C.PARTE DISPOSITIVAEn orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:“Despachar ejecución en la forma ordenada por la Ley y, en su consecuencia, proceder a la VENTA EN PUBLICA SUBASTA de las fincas descritas en el hecho primero de la demanda, tal y como determina la Sentencia dictada en los presentes autos, a través del Portal de Subastas, sin admisión de licitadores extraños y en los términos legalmente establecidos, debiendo antes librar mandamiento al Registro de la Propiedad de Corcubión-Muros para que el Sr. Registrador de la propiedad libre certificación relativa a la titularidad de las fincas registrales nº 11.158, 11.193, 11.170, 11.174, 11.185 y 11.188, a fin de que el precio obtenido sea repartido entre los condueños en la proporción que les corresponda, y acordándose la imposición de las costas de oponerse a la ejecución”.Líbrese previamente mandamiento al Registro de la Propiedad de Corcubión-Muros para que el Sr. Registrador de la propiedad libre certificación relativa a la titularidad de las fincas registrales nº 11.158, 11.193, 11.170, 11.174, 11.185 y 11.188, mandamiento que será entregado a la representación procesal de la parte actora, a fin de que cuide de su diligenciamiento.Conforme a lo dispuesto en el art. 551.3 LEC, póngase en conocimiento del Registro Público Concursal, la existencia del auto de fecha por el que se despacha la ejecución con expresa especificación del número de identificación fiscal del deudor persona física o jurídica contra el que se despache la ejecución.El presente decreto se notificará a los demandados en paradero desconocido en la forma dispuesta en el auto que autoriza la ejecución por medio de edictos en el BOE, a través del TEXU.

Muros, 22 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL MAR BARRAL PEREZ

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