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Documento BOE-J-2024-352356

ZARAGOZA. Edicto de 13 de junio de 2024 en procedimiento concursal número 234/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ZARAGOZA
Referencia:
BOE-J-2024-352356

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Zaragoza

Dirección: Plaza EXPO 6 EDIFICIO VIDAL DE CANELLAS

Localidad: Zaragoza

Código Postal: 50018

Provincia: Zaragoza

Teléfono: 976208296

Correo electrónico: mercantil2zaragoza@justicia.aragon.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 234/2022

NIG: 5029747120220000451

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 13/06/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10

DESTINATARIOS

Ignorados acreedores de Imaginarium SA

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dª Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Zaragoza,

ANUNCIA

Único. - Que en el procedimiento concursal número 234/2022, y N.I.G. 5029747120220000451 se ha dictado Providencia de fecha 13 de junio del 2024 en Concursal-Sección 5ª (Convenio y Liquidación) poniendo de manifiesto la recepción de la siguiente oferta, que es del tenor literal siguiente:

"PROVIDENCIA.- MAGISTRADO-JUEZ

Dª. MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHO.

 En Zaragoza, a 13 de junio del 2024.

 Por presentados el anterior escrito por la Administración concursal únase a la Sección 5ª de su razón.

 Se tiene por solicitada por la Administración concursal autorización judicial para:

1º Aceptar la oferta reseñada en el documento UNO, y la transmisión a Información, Control y Planificación S.A. de los bienes a los que se refiere el documento DOS, en el valor de 398.547,47 €, más IVA (que deberá ser abonado por ICP), que se compensará con la deuda contra la masa de la que es titular. Transmisión que se verificará en el estado en que se encuentren el bien o bienes en el momento de la transmisión, con renuncia del ofertante a reclamar por cualquier concepto relacionado con la situación física, jurídica, administrativa, urbanística, y por la condición en que se encuentre el bien objeto de la transmisión (renuncia al saneamiento), y entendiendo que la oferta se refiere, en su conjunto, como cuerpo cierto y a precio alzado, y asumiendo las variaciones que hayan podido producirse por las ventas ordinarias desde la presentación de la oferta hasta la formalización de la transmisión. Manteniendo la parte de crédito contra la masa de ICP pendiente de cancelar (esto es, 83.694,97 €), la consideración de crédito contra la masa, asumiendo ICP que se abonaría en función del devenir del concurso, y observando el orden de pago establecido en la Ley Concursal.

 Dese traslado de las ofertas recibidas a todas las partes personadas, a través de sus representaciones procesales en las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el art. 518 del TRLC, por plazo de 10 días, al objeto de formular las alegaciones que estimen por conveniente a su derecho, respecto a la solicitud formulada, y en su caso poder mejorar las ofertas recibidas.

 Asimismo, anúnciese en el Tablón Judicial Edictal Único por plazo de 10 días, para aquellos que no se encuentran personados en las presentes actuaciones, la recepción de las presentes ofertas de compra recibidas, a los mismos efectos, con el fin de poder admitir ofertas que superen la prsesentadas y proceder a la enajenación de los citados bienes en las condiciones detalladas en el escrito presentado.

 Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación, sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución impugnada.

 La admisión de dicho recurso precisará que, al interponerse el mismo, se haya consignado como depósito 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el BANCO SANTANDER nº 4660 0000 52 0234 22 en imposición individualizada, con indicación de “recurso de reposición”, y que deberá ser acreditado, de acuerdo a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

 Así lo acuerda, manda y firma S.Sª.

La Magistrado-Juez"

 Y para que sirva de notificación en forma a los acreedores no personados en el procedimiento y a cualquier interesado al objeto de que puedan formular las alegaciones que estimen convenientes a la solicitud y en su caso, poder admitir ofertas que superen las presentadas, expido el presente.

Zaragoza, 13 de junio de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA VICTORIA BUIL TORRALBA

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