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Documento BOE-J-2024-352203

MADRID. Edicto de 10 de junio de 2024 en procedimiento concursal número 244/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-352203

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 244/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 04/06/2024

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 1 mes

DESTINATARIOS

Acreedores de Dña. Nelly Amadora Sandoval Lema

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1º.- Que en el procedimiento Concurso ordinario 244/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 2807900220240108532, por Auto de fecha 4 de junio de 2024 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Dña. Nelly Amadora Sandoval Lema, con D.N.I.: 05****54J y domiciliada en Madrid (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es Altaley Abogados S.L.P., con domicilio postal en calle: de Castelló, nº 82 Esc/Piso/Prta: 4 izq Madrid (Madrid), y dirección electrónica guillermo@altaley.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

Madrid, 10 de junio de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA CASTEDO BARTOLOME

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