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Documento BOE-J-2024-32943

MARTORELL. Edicto de 19 de enero de 2024 en procedimiento civil número 572/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2024-32943

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Martorell

Dirección: Avenida PAU CLARIS 20

Localidad: Martorell

Código Postal: 08760

Provincia: Barcelona

Teléfono: 937736730

Correo electrónico: mixt5.martorell@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 572/2021

NIG: 0811442120168136117

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 20/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 20

DESTINATARIOS

JAWAD SAID - NIF/NIE: ****7082*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DECRETO

Letrado de la Administración de Justicia que lo dicta: José Antonio Saborido Couso

Lugar: Martorell

Fecha: 20 de septiembre de 2022.

PARTE DISPOSITIVA

Admito a trámite la demanda presentada por la Procuradora Maria Gallardo De La Torre, en nombre y representación de NASSIRA ZOUGGAGUI contra JAWAD SAID, sobre Modificación de medidas no consensuadas (por antecedentes) y que se sustanciará por las reglas del juicio verbal con el trámite de contestación previsto en el art. 753.1 LEC. Tengo al/a la referido/a Procurador/a como comparecido/a y parte en la representación que ostenta.

Dése traslado de la demanda a la parte demandada, con entrega de su copia y de los documentos acompañados, a quien se emplazará para que la conteste en el plazo de VEINTE días hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento. Y con el apercibimiento de que, si no comparece dentro del plazo, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 LEC).

Hago saber a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarla por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículo 750 LEC). Y que, si carece de medios suficientes para designar abogado y/o procurador, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. En tal caso y de conformidad con el art. 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, se podrá acordar la suspensión del presente procedimiento hasta que se produzca la decisión sobre el reconocimiento o denegación del derecho a litigar gratuitamente o la designación provisional de abogado y procurador por los respectivos Colegios.

El emplazamiento se practicará en el domicilio averiguado a través de la Policia.

Dése traslado de la demanda al Ministerio Fiscal, con entrega de la copia y de los documentos acompañados, a quien se emplazará para que la conteste en el plazo de VEINTE días hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento.

De esta resolución doy cuenta a SSª.

Modo de impugnación: recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

Lo acuerdo y firmo.

El Letrado de la Administración de Justicia

Martorell, 19 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, Esteban Sanchez Fernandez

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