Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Granada
Dirección: Plaza NUEVA 8
Localidad: Granada
Código Postal: 18009
Provincia: Granada
Teléfono: 958058955
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.6.Granada.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 162/2020
Auto
Fecha: 03/04/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Auto
Fecha: 01/07/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores e interesados en el concurso consecutivo de Dª. LILIANA ANTONIA RIVAROLA DUARTE
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
EDICTO D. Cándido Rosales Lombardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Granada, ANUNCIA:
I.- Que mediante auto de fecha 1 de julio de 2022 se ha acordado la CONCLUSIÓN del presente concurso nº 162/20 de Dª. LILIANA ANTONIA RIVAROLA DUARTE, por insuficiencia de la masa activa, con el consiguiente archivo de los autos. II.- Que mediante auto de fecha 3 de abril de 2024 se reconoce el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. El beneficio es definitivo y alcanza a todo el pasivo no satisfecho por el concursado, junto con los créditos ordinarios y subordinados que no hubieran sido comunicados, sin que abarque, en su caso, la exoneración del crédito público. El pasivo no satisfecho se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 492 TRLC. La extinción de los créditos no alcanza a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado respecto de los créditos que se extinguen.
Granada, 31 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CANDIDO JESUS ROSALES LOMBARDO
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