Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958058997
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 716/2010
NIG: 1808742120100000821
Auto
Fecha: 16/05/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
"acreedores del deudor"
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
PIEDAD LLOR MADRID, LETRADA DE LA ADMINISTRAIÓN DE JUSTICIA, DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE GRANADA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 37 Ter DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL,
A N U N C I A
Que en el procedimiento: Procedimiento Abreviado número 716/2010, NIG: 1808742M20100000821, se ha acordado la conclusión del concurso con carácter NECESARIO y aprobación de rendición final de cuentas de GESTION HOTELERA GRANADINA,S.L. con CIF B-18508010, por Auto de fecha 16 de mayo de 2024, cuya parte dispositiva dice literalmente:
"...
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Gestión Hotelera Granadina SL. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.
De conformidad a ello:
Primero: procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.
Segundo: procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.
Tercero: llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.
Cuarto: requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo.
Quinto: se acuerda la extinción de Gestión Hotelera Granadina SL. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución al objeto de la inscripción de la cancelación de la sociedad Gestión Hotelera Granadina SL.
Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.
Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D. Rafael Leonés Valverde, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada.
...".
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
En Granada, 16 de mayo de 2024.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Granada, 3 de junio de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid