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Documento BOE-J-2024-325984

GRANADA. Edicto de 3 de junio de 2024 en procedimiento concursal número 716/2010.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 137, de 6 de junio de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-325984

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 716/2010

NIG: 1808742120100000821

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

"acreedores del deudor"

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

PIEDAD LLOR MADRID, LETRADA DE LA ADMINISTRAIÓN DE JUSTICIA, DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE GRANADA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 37 Ter DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL,

A N U N C I A

Que en el procedimiento: Procedimiento Abreviado número 716/2010, NIG: 1808742M20100000821, se ha acordado la conclusión del concurso con carácter NECESARIO y aprobación de rendición final de cuentas de GESTION HOTELERA GRANADINA,S.L. con CIF B-18508010, por Auto de fecha 16 de mayo de 2024, cuya parte dispositiva dice literalmente:

"...

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Gestión Hotelera Granadina SL. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.

De conformidad a ello:

Primero: procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Segundo: procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Tercero: llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Cuarto: requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo.

Quinto: se acuerda la extinción de Gestión Hotelera Granadina SL. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución al objeto de la inscripción de la cancelación de la sociedad Gestión Hotelera Granadina SL.

Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.

Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D. Rafael Leonés Valverde, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada.

...".

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

En Granada, 16 de mayo de 2024.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Granada, 3 de junio de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

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