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Documento BOE-J-2024-318598

MADRID. Edicto de 24 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 317/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 133, de 1 de junio de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-318598

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 317/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

GUDIÑO MAYORGA, MARIA JOSEFA - NIF/NIE: ***9848**

MENDEZ ANTUNEZ, JOAQUIN - NIF/NIE: ***3770**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 317/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2024/0134972, por auto de fecha 16/05/2024, se ha declarado en concurso voluntario, a D. Joaquin Mendez Antunez, DNI: 05237709B y Dña. Maria Josefa Gudiño Mayorga, DNI: 00798484Q. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es Agrupación Concursal Técnica Nordest SLP, con domicilio postal en Paseo de la Castellana nº 119 1º Izda 28046 Madrid, teléfono 655 879 428 y correo electrónico mercantil9.317.2024@gmail.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 24 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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