Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Correo electrónico: juzmerca@navarra.es
Concursal
Número: 441/2022
NIG: 3120147120220000410
Auto
Fecha: 24/05/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Todos los acreedores y demás personas interesadas en la dación en pago del bien inmueble
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T OD.
Dª. ELENA MARIA DANIEL DEL VALLE, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA/A DEL Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona/Iruña.
HAGO SABER:
Que en este Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona/Iruña se tramita procedimiento de Concursal - Sección 5ª (Convenio y liquidación) con el nº 0000441/2022, instados por D. DAVID ASIN SÁNCHEZ con DNI 52.443.869-M, y Dª AROA CASTILLO LALAGUNA con CIF 78.749.722-E habiendo solicitado la Administración Concursal la Dación en Pago del bien de la concursada Dª AROA CASTILLO LALAGUNA
•1.- FINCA URBANA EN MALLÉN (ZARAGOZA), C/SANTA MARÍA, Nº 19, 2º-E, Y ANEJOS INSEPARABLES TRASTERO NÚM. 7 Y PLAZA DE GARAJE NÚM. 3, REGISTRAL NÚM. 17.056 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BORJA REFERENCIA CATASTRAL 1101523XM3410S0009IP
En fecha 24 de mayo del 2024 se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
1.-SE AUTORIZA la DACIÓN EN PAGO solicitada por la Administración Concursal, libre de cargas, del bien propiedad de la deudora Dª AROA CASTILLO LALAGUNA consistente en:
1.- FINCA URBANA EN MALLÉN (ZARAGOZA), C/SANTA MARÍA, Nº 19, 2º-E, Y ANEJOS INSEPARABLES TRASTERO NÚM. 7 Y PLAZA DE GARAJE NÚM. 3, REGISTRAL NÚM. 17.056 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BORJA REFERENCIA CATASTRAL 1101523XM3410S0009IP a favor de la mercantil IBERCAJA BANCO SA, con CIF: A99319030, acreedor privilegiado, por el precio total de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS Y OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (53.993,85€), más los impuestos y gastos inherentes a la transmisión del mismo.
Mediante la dación en pago quedará completamente satisfecho el crédito con privilegio especial.La posterior realización del bien o derecho afecto al crédito con privilegio especial se habrá de efectuar por un valor no inferior al de mercado según tasación oficial actualizada por entidad homologada. Si hubiera remanente, corresponderá a la masa activa. Si no se consiguiese la completa satisfacción del crédito, la parte no satisfecha será reconocida en el concurso con la clasificación que corresponda.
La operación de dación en pago se instrumentalizará mediante compraventa otorgada por la vendedora (concursada), Dª AROA CASTILLO LALAGUNA a favor de la Sociedad RESIDENCIAL MURILLO, S.A.U. con CIF: A-99226102, perteneciente al Grupo Ibercaja, y que conforme a la Ley 8/2012, de 30 de octubre, cumple con las funciones de una Sociedad para la Gestión de Activos, a la que de acuerdo con su artículo 3 deberán aportarse los activos adjudicados en pago de deudas con posterioridad al 31 de diciembre de 2011.
2.- La presente autorización judicial y sus condiciones deberá anunciarse con la misma publicidad que hubiera correspondido a la subasta del bien afecto al privilegio. Anúnciese esta autorización y sus condiciones en la forma prevista en el art. 645 L.E.C., a tales efectos, remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado, al Tablón Edictal Judicial Unico (TEJU) del BOE y hágase saber que dentro de los 10 días siguientes al último anuncio podrá presentarse mejor postor conforme al art. 210.4 TRLC.
3.- En el momento de la formalización de la dación en pago se acordará el levantamiento de las cargas y gravámenes que pueden pesar sobre los activos que se transmiten, así como la cancelación de las inscripciones o anotaciones que se hubieran podido practicar como consecuencia de la declaración del concurso y su tramitación, a cuyo efecto, expídanse los mandamientos oportunos una vez que se formalice la dación en pago.
Anúnciese esta autorización y sus condiciones en la forma prevista en el art. 645 LEC
Y para que sirva de notificación en legal forma a TODOS A QUIENES PUDIERA INTERESAR, expido y firmo el presente, con el fin de que su publicación se realice en el Tablón Edictal Judicial ünico (TEJU) del BOE, y hágase saber que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes al último anuncio podrá presntarse mejor postor conforme al art. 210.4 TRLC
Pamplona/Iruña, 28 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZALEZ ARCE
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