Está Vd. en

Documento BOE-J-2024-315143

MADRID. Edicto de 28 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 531/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 132, de 31 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-315143

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

Correo electrónico: mercantil4@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 531/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 27/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Carnicas Salvanes s.l , con cif: B79016671,

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dña. MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 04 de Madrid

ANUNCIA

Que en el procedimiento Concurso ordinario 531/2023 por auto de fecha 27/05/2024 se ha decretado CONCLUIR EL CONCURSO de la mercantil CARNICAS SALVANES SL CIF: B79016671, y domiciliado en Carretera M272 a M214 KM 10780 Villarejo Salvanes, Madrid, por insuficiencia de la masa activa cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura.

Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y el cierre provisional de la hoja registral que tenga abierta en el Registro Público en el que figure inscrita.

Firme la presente resolución, expídase por el letrado/a de la administración de justicia atento mandamiento conteniendo testimonio de esta resolución y con expresión de su firmeza, el cual remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente.

Transcurrido un año a partir de esta resolución sin que se haya ordenado la reapertura del concurso, procédase por el registrador a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja (art. 483 y 485 TRLC).

Notifíquese esta resolución a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado», (art. 482 TRLC).

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno (art. 481.1 TRLC).

Procédase al archivo de las actuaciones

Madrid, 28 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid