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Documento BOE-J-2024-315138

MADRID. Edicto de 28 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 265/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 132, de 31 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-315138

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 13 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917043516

Correo electrónico: mercantil13@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 265/2024

NIG: 2807900220240135557

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 días

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de Mª del CArmen Chico Alvarez.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

D. MIGUEL ANGEL IZQUIERDO LUENGO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid hace saber:1.- Que en el concurso Concurso consecutivo 265/2024, con Número de IdentificaciónGeneral del procedimiento 28.079.00.2-2024/0135557, por auto de fecha 23/05/2024, seha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, aD./Dña. MARIA DEL CARMEN CHICO ALVAREZ, con nº de identificación*****735-Z, y domiciliado en Madrid

2.- De la solicitud se aprecia que el deudor cuenta con un pasivo de 326.065,51.-euros,y que carece de MASA ACTIVA.En cuanto a los efectos que la declaración de concurso sin masa comporta parael deudor, cabe indicar que NO supone ninguna limitación de sus facultades deadministración y disposición.

3.- Remítase esta resolución, de forma telemática, al «Boletín Oficial del Estado» parasu publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y publíquese en elRegistro Público Concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores querepresenten, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS acontar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de unadministrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre lossiguientes extremos (art. 37 ter):

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales parala masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidadcontra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídicaconcursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora parael ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica ycontra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de másalta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejoen uno o varios consejeros delegados.

3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

4.- Transcurrido el mentado plazo sin que ningún legitimado haya formulado talsolicitud, al ser el deudor persona natural, podrá presentar, en el plazo de los 5 días siguientes, solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberánrealizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboralrespecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán lasresoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 28 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL IZQUIERDO LUENGO

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid