Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Concursal
Número: 452/2023
Auto
Fecha: 22/05/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: No hay plazo.
Interesados en el concurso de D. Noel Lopez Martin.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Se acuerda la conclusión del concurso voluntario de D. NOEL LOPEZ MARTIN, con NIF 48904959-J, por insuficiencia de la masa activa. Se acuerda conceder al deudor la exoneración del pasivo insatisfecho con los siguientes efectos. La exoneración alcanza a la totalidad de las deudas insatisfechas a excepción de las relacionadas en el art. 489.1 del TRLC. En particular, afecta a las siguientes deudas: Abanca: 832€, Asecons Profesionales S.L.: 3953,31€, BBVA S.L. Hipoteca: 199.200€, CaixaBank: 2.059€, Cofidis: 3.853,10€, Cream Finance Spain S.L.U.: 1.333,44€, Creditero :262,68€, El Corte Ingles: 953,56€ Eos Spain: 1.166€, Heroes del Dinero: 417€, ID Finance Investments, S.L.: 1.500€ Mykredit 750€, Nexu: 398,10€, OK Money: 934,68€, Prestamer: 600€, Rapida Financial: 415,20€. Saudo: 836,55€, Simpleros: 449,75€, Unicaja: 2261,87€, Via Sms.es: 487,14€, Vodafone: 740,70€, Wandoo: 735€, Welp: 1.704,95€, Yoigo: 903,35€, Yoigo: 451,35€, Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera: 1.345,60€, Ayuntamiento Daganzo de Arriba: 396,26€ TOTAL 229.465,59€ Los acreedores cuyos créditos se extingan no podrán iniciar ningún tipo de acción dirigida frente al deudor para el cobro de los mismos. Quedan a salvo los derechos de los acreedores frente a los obligados solidariamente con el concursado y frente a sus fiadores o avalistas, quienes no podrán invocar la exoneración del pasivo insatisfecho obtenido por el concursado ni subrogarse por el pago posterior a la liquidación en los derechos que el acreedor tuviese contra aquél, salvo que se revocase la exoneración concedida.Contra este auto no cabe recurso alguno (art. 481. 1 TRLC).
Madrid, 24 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid