Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Barcelona
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549463
Concursal
Número: 404/2024
Auto
Fecha: 23/05/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
A los posibles interesados en el concurso sin masa de Marta Martínez García
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona
Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075
TEL: 935549463
FAX: 935549563
E-MAIL: mercantil3.barcelona@xij.gencat.cat
Procedimiento: Concurso sin masa 404/2024
Sección: C2N
Sobre: Concurso sin masa
Parte deudora/concursada: MARTA MARTÍNEZ GARCÍA
Procurador/a: Anna Mª Montal Gibert
Abogado/a: RAMÓN GRIFOLL PLANDIURA
EDICTO
Rosalia Osorio Tenorio , la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona hago saber que:
En el procedimiento indicado, el día 23/05/2024 se ha dictado una resolución con el tenor literal siguiente:
Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona
Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona - C.P.: 08075
TEL.: 935549463
FAX: 935549563
E-MAIL: mercantil3.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0801947120240005452
Concurso sin masa 404/2024 C2N
--
Materia: Concurso sin masa
Entidad bancaria BANCO SANTANDER:
Para ingresos en caja. Concepto: 2237000000040424
Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES 55 0049 3569 9200 0500 1274.
Beneficiario: Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona
Concepto: 2237000000040424
Parte concursada/deudora:MARTA MARTÍNEZ GARCÍA
Procurador/a: Anna Mª Montal Gibert
Abogado: RAMÓN GRIFOLL PLANDIURA
Administrador Concursal/ Experto en reestructuración:
A U T O
Magistrada que lo dicta: Berta Pellicer Ortiz
Lugar: Barcelona
Fecha: 23 de mayo de 2024
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En el presente procedimiento, el día 13/05/2024 se ha dictado la siguiente resolución: Auto de declaración del concurso que ha sido notificada en legal forma.
Segundo. En la referida resolución en párrafo 3º de la Parte Dispositiva se ha consignado textualmente “el pasivo total es de 39.109,63€”, cuando en realidad debía haberse consignado “el pasivo total es de 61.109,63€”.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De conformidad con lo previsto en el art. 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), en relación con el artículo 214.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), los Órganos judiciales no pueden variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.
La aclaración puede realizarse de oficio dentro de los dos días hábiles siguientes a la publicación de la resolución, o a instancia de parte o del Ministerio Fiscal formulada dentro del mismo plazo. Mientras que los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones pueden ser rectificados en cualquier momento.
Segundo. En el presente caso, la expresión equivocada constituye un simple error de cantidad en la determinación del total del pasivo, como se desprende de la simple lectura de las actuaciones; por lo que se debe rectificar conforme a lo dispuesto en el precepto mencionado.
PARTE DISPOSITIVA
Rectifico el error padecido en la redacción de la resolución Auto de declaración de concurso, de fecha 13/05/2024 donde dice “39.109,63” debe decir “61.109,63”.
MODO IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificada (art. 214.4 LEC y 267.8 LOPJ).
Los plazos para los recursos, si fueran procedentes, iniciarán nuevamente su cómputo desde el día siguiente a la notificación de esta resolución (art. 215.5 LEC y 267.9 LOPJ).
Barcelona, 28 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSALIA OSORIO TENORIO
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