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Documento BOE-J-2024-314875

CORUÑA (A). Edicto de 28 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 28/2014.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 132, de 31 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2024-314875

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de A Coruña

Dirección: Calle CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Localidad: Coruña (A)

Código Postal: 15007

Provincia: A Coruña

Teléfono: 981182166

Correo electrónico: mercantil1.coruna@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 28/2014

NIG: 1503047120140000062

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de Construeume S.L con cif B15455181

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

HAGO SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de concurso arriba referenciado 28/2024-C relativos al deudor CONSTRUEUME, S.L. con CIF B 15.455.181 se ha dictado en fecha 15/05/2024 el AUTO DE CONCLUSIÓN en el que se acordó:

Declarar la conclusión del concurso necesario ordinario de la entidad CONSTRUEUME S.L., CIF B 15.455.181, domiciliada en Pontedeume, A Coruña, Lugar de Cabria, Parroquia de Hombre, Carretera a Monfero, inscrita en el Registro Mercantil de esta ciudad y provincia, al folio 1470, folio 100, hoja C-11.137 por fin de la fase de liquidación, y archivar las presentes actuaciones.

Se establecen los siguientes efectos:

Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.

Procede librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, lo que se hará por la Oficina Judicial en el Tablón Edictal Judicial Único.

Coruña (A), 28 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR LOPEZ SANCHEZ

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