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Documento BOE-J-2024-308443

VALLADOLID. Edicto de 24 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 246/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 130, de 29 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2024-308443

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Valladolid

Dirección: Calle NICOLAS SALMERON 5

Localidad: Valladolid

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 246/2024

NIG: 4718647120240000563

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedroes interesados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en los autos seguidos en este órgano judicial DECLARACION CONCURSO 246/2024 y NIG nº 4718647120240000563 se ha dictado en fecha 20/05/24, AUTO DE declaración de concurso voluntario sin masa de la deudora Dª ANA MARIA ALVAREZSACRISTAN con NIF 092XX760S cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Amadeo Arias nº 22, 3º deValladolid.

Se ha acordado remitir telemáticamente al Boletín Oficialdel Estado para su publicación en el suplemento del tablón Edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores opersona jurídica administradora para el ejercicio permanentede las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o variosconsejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudieraser calificado de culpable.La retribución del administrador corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.4º.- Contra el auto cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN en un plazo de 5 días ante este mismo Juzgado, para cuya admisióna trámite será preciso acreditar la consignación de un depósito previo de 25 euros en la cuenta de consignaciones y depósitos de este juzgado (art. 546 TRLC).5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso sepublicarán en la siguiente dirección electrónica del RegistroPúblico Concursal: www.publicidadconcursal.es.

Valladolid, 24 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ADELA TAMAYO GOMEZ

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