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Documento BOE-J-2024-29577

CEUTA. Edicto de 18 de enero de 2024 en procedimiento concursal número 21/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - CEUTA
Referencia:
BOE-J-2024-29577

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Ceuta

Dirección: Calle MANUEL LERIA Y ORTIZ DE SARACHO S/N

Localidad: Ceuta

Código Postal: 51001

Provincia: Ceuta

Teléfono: 856200430

Correo electrónico: mixto5.ceuta@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 21/2024

NIG: 5100141120240000207

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Quince dias

DESTINATARIOS

Interesados en el Concurso de la mercantil Cafeteria Pastelería Vicentino SL con CIF B11964574

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto

Doña ELSA MARIA ALMAGRO MIRAS, Letrado de la Administración de Justicia del juzgado de primera instancia e instrucción N.5 y mercantil de Ceuta, por el presente, hago saber:

1º.- Que en el concurso seguido en este órgano judicial con número 21/2024 y N.I.G. 51001 41 1 2024 0000207 se ha dictado en fecha 16/1/24 auto de declaración de concurso consecutivo de Cafeteria Pasteleria Vicentino S.L con CIF B11964574 que se tramitará por los cauces propios del concurso abreviado.

2º.- Se ha acordado la conclusión por falta de activo del artículo 37 bis.

3º.- El deudor tiene un pasivo de 254.503,31 euros debiéndose remitir de forma telemática al BOE para su publicación y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado sobre los extremos del artículo 37 ter de la nueva ley. En el caso de que transcurrido el plazo ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud el deudor podrá presentar la solicitud del BEPI en el plazo de diez días a tenor del artículo 501 de la nueva ley.

Se advierte al acreedor que solicite el nombramiento de administrador concursal que correrá con el pago de su retribución según artículo 37.1 quater último párrafo.

Notifíquese esta resolución a la parte solicitante, a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, a la TGSS, al FOGASA, a las partes personadas y en su caso, a la representación de los trabajadores si los hubiera.

Ceuta, 18 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELSA ALMAGRO MIRAS

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