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Documento BOE-J-2024-29551

ZARAGOZA. Edicto de 18 de enero de 2024 en procedimiento concursal número 410/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ZARAGOZA
Referencia:
BOE-J-2024-29551

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Zaragoza

Dirección: Plaza EXPO 6 EDIFICIO VIDAL DE CANELLAS

Localidad: Zaragoza

Código Postal: 50018

Provincia: Zaragoza

Teléfono: 976208296

Correo electrónico: mercantil2zaragoza@justicia.aragon.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 410/2022

NIG: 5029747120220000816

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 17/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10

DESTINATARIOS

Ignorados acreedores de Beatriz González Sanz

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PROVIDENCIA.- MAGISTRADO-JUEZDª. MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHO.

En Zaragoza, a 17 de enero del 2024.

1.- Se tiene por presentada demanda incidental por el Procurador Sr. MARÍN NEBRA en nombre y representación de Dª. Beatriz González Sanz de oposición a la denegación de exoneración del pasivo insatisfecho de conformidad con lo dispuesto por la Audiencia Provincial de Zaragoza en su Auto 87/2023 de 14 de junio de 2023.

2.- Reuniendo la demanda los requisitos de postulación exigidos en el artículo 512 del TRLC y el escrito la forma prevista en el artículo 399 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al que se remite el artículo 536 del citado TRLC, procede la admisión a trámite del presente incidente concursal.

3.- Emplácese a los acreedores del concursado que se encuentran personados en las actuaciones, mediante la notificación de la presente resolución, para que en el plazo común de DIEZ DIAS contesten a la demanda en la forma prevista en el artículo 405 de la LEC.

4.- Los ACREEDORES NO PERSONADOS serán emplazados mediante publicación de edictos en el RPC y en el TEJU y el plazo de contestación a la demanda comenzará a partir de la última publicación por medio de escrito firmado por abogado y procurador.Dichos acreedores son: Bondora AS, Cofidis S.A. Sucursal en España, Eos Spain SL, Bulnes Capital SL, Banco Sabadel, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria SA, Novum Bank LTD (Caspher), Soluciones Digitales CRX SL, EVO Banco SA, Hoits Finance Spain, SL, SD Debt Portfolios SA, y Advanzia Bank SA.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación, sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución impugnada. La admisión de dicho recurso precisará que, al interponerse el mismo, se haya consignado como depósito 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el BANCO SANTANDER nº 4660 0000 52 0410 22 en imposición individualizada, con indicación de “recurso de reposición”, y que deberá ser acreditado, de acuerdo a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido .Así lo acuerda, manda y firma S.Sª.La Magistrado-Juez

Zaragoza, 18 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PAULA JARNE CORRAL

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