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Documento BOE-J-2024-29484

SEVILLA. Edicto de 18 de enero de 2024 en procedimiento concursal número 692/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2024-29484

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Sevilla

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955519096

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 692/2017

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de "Instituto de Márketing y Comunicación, S.L" con CIF: B-41147992

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Juana Galvez Muñoz

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 anuncia:

Que en el procedimiento número 692/2017, NIG n.º 4109142M20170001403, por auto de 16/01/2024 se ha concluído el concurso de INSTITUTO DE MARKETING Y COMUNICACION SL (IMC) con CIF: B41147992. La parte dispositiva del referido auto dice literalmente lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

La conclusión del concurso de la sociedad .INSTITUTO DE MARKETING Y COMUNICACION SL (IMC), con CIF B-41147992, cesando la limitación de facultades acordadas respecto del concursado en el auto de declaración. Se declara la extinción de la sociedad concursada.

2) El cese del Administrador Concursal designado, quedando sin validez la Credencial expedida en su día al mismo.

3) La aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

4) Librar mandamiento al Registro Mercantil por duplicado, para la inscripción de la conclusión del presente concurso, la extinción de la sociedad y el cierre de la hoja registral de la sociedad concursada, HACIENDO CONSTAR QUE ESTA RESOLUCIÓN ES FIRME. Dicho mandamiento será firmado digitalmente y remitido al procurador de la solicitante del concurso para su impresión por duplicado y presentación ante el registro, que deberá aportar documento justificativo de su presentación en el plazo de diez días, sirviendo la notificación de la presente de requerimiento al efecto.

5) Procédase a publicar en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE extracto de la presente resolución cuya publicidad tendrá carácter gratuíto.

6) Notificar la presente resolución a las partes personadas.

7) Llévese testimonio de la presente resolución a las demás secciones del concurso.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno

Lo acuerda y firma el Magistrado Juez, doy fe.

EL MAGISTRADO JUEZ LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

En Sevilla, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Sevilla, 18 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUANA GALVEZ MUÑOZ

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