Contido non dispoñible en galego
Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería
Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)
Localidad: Almería
Código Postal: 04005
Provincia: Almería
Teléfono: 660894612
Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 302/2023
NIG: 0401342120230007013
Auto
Fecha: 08/01/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Posibles interesados y/o acreedores
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: D. DAVID PEREZ MARTINEZ
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº2 DE ALMERIA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 410 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL (TRLC),
A N U N C I A
Que en el: Procedimiento Ordinario número 302/2023, con N.I.G. 0401342120230007013, por auto, de fecha ocho de enero de dos mil veinticuatro, se apertura la fase de liquidación del presente procedimiento del concursado OBRAS Y SERVICIOS BALSERA, S.L., con C.I.F. NºB42594440.
El contenido de la parte dispositiva del referido AUTO es el siguiente:
1.- Apertura de la fase de liquidación. Se acuerda la apertura de la fase de liquidación formándose por el Letrado de la Administración de Justicia la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución y a la que se habrá de incorporar el informe sobre las reglas de liquidación aportado por la administración concursal.
2.- Efectos de la apertura de la fase de liquidación: Se declara judicialmente disuelta a la sociedad y, se ordena el cese de los administradores con suspensión de sus facultades de administración disposición sobre las masa activa, siendo sustituidos por la administración concursal. Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Mercantil para la inscripción de la disolución y cambio de administración. Se declaran vencidos anticipadamente los créditos concursales aplazados. Procede la conversión en dinero de aquellos créditos que consistan en otras prestaciones.
3.- Audiencia sobre las reglas especiales de liquidación. Procede dar audiencia a la administración concursal a fin de que en el plazo máximo de diez días naturales, desde la fecha de notificación de la presente resolución, informe sobre las reglas de liquidación que estime oportunas para la realización de los bienes y derechos de la masa activa.
4.- Publicidad. Se ordena dar a la presente resolución la misma publicidad que al auto de declaración del concurso en los términos previstos en los artículos 35, 36 y 37 del TRLC.
5.- Conforme a lo previsto en el art. 35 del TRLC, se hace constar que la dirección electrónica del Registro Publico Concursal en el que se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso es: www.publicidadconcursal.es.
En Almería, en el día de la firma.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Almería, 18 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ
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