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Documento BOE-J-2024-27340

EJIDO (EL). Edicto de 17 de enero de 2024 en procedimiento civil número 408/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2024-27340

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de El Ejido

Dirección: Calle OCEANO ATLANTICO 8

Localidad: Ejido (El)

Código Postal: 04700

Provincia: Almería

Teléfono: 950578023

Correo electrónico: AtPublico.UPAD.2.Ejido.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 408/2023

NIG: 0490200120230002628

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 09/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Rebeldía, recurso reposición 5 días.

DESTINATARIOS

ROSA MARIA PEREZ LOPEZ - NIF/NIE: ***4431**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA MARIA DEL CARMEN MALDONADO VILLEGAS

En EL EJIDO, a nueve de enero de dos mil veinticuatro.

Transcurrido el plazo concedido a ROSA MARIA PEREZ LOPEZ para contestar a la demanda sin que haya comparecido en las actuaciones, se declara a dicha parte en rebeldía (artículos 438.1 y 496 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Conforme a lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley, y por ser conocido el domicilio de la parte demandada, notifíquesele esta resolución por correo certificado con acuse de recibo, advirtiéndole que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.

Y para el caso de que fuera negativa y de conformidad con lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley y por estar en ignorado paradero la parte demandada, notifíquesele esta resolución por edictos, fijando copia de esta resolución en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, con la advertencia de que no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 498 cuando se tenga conocimiento del lugar en que pueda/n encontrarse.

Dese traslado a la parte demandante para que en el plazo de TRES DÍAS alegue lo que tenga por conveniente sobre la pertinencia de celebrar vista.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓNante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAShábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 LEC)

Lo decretoy firmo.

Ejido (El), 17 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA LUZ ESPINOSA CARREÑO

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