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Documento BOE-J-2024-26578

MELILLA. Edicto de 17 de enero de 2024 en procedimiento concursal número 646/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - MELILLA
Referencia:
BOE-J-2024-26578

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Melilla

Dirección: Plaza MAR s/n Edificio V Centenario. Torre Norte

Localidad: Melilla

Código Postal: 52004

Provincia: Melilla

Teléfono: 952698973

Correo electrónico: mixto5.melilla@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 646/2022

NIG: 5200141120220003283

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: cinco días hábiles

DESTINATARIOS

Cualquier interesado en la declaración de concurso voluntario del deudor D. Edi Salinas Pérez, con DNI nº 41.638.647-E

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

En fecha 23/12/2022 se ha presentado por la representación procesal de D. Edi Salinas Pérez solicitud de declaración de concurso voluntario y sin masa.

En fecha 27/12/2022 se ha procedido por el Servicio de Registro y Reparto al reparto de la solicitud.

La declaración de concurso se ha realizado por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción n. 5 y de lo Mercantil de Melilla mediante Auto de fecha 22/12/2023 dictado en la S1C 646/2022, con NIG 5200141120220003283; el cual ha sido rectificado por Auto de fecha 16/01/2024.

Se hace llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días naturales a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

En el caso de que, dentro de plazo, acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo formularan solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita dicho informe, se procederá a su nombramiento, debiendo el acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado satisfacer los honorarios del administrador concursal.

Se hace constar que el pasivo que resulta de la documentación presentada por el concursado asciende a 41.368 €, distribuido en los siguientes términos:

- Banco Santander S.A: 20.000 €.

- Banco Santander S.A: 6.000 €.

- Banco Santander S.A: 500 €.

- Carrefour: 3.400 €.

- Wizink: 1.800 €.

- Vivus: 800 €.

- Creditea: 500 €.

- Wonga: 500 €.

- Mycredit: 400 €.

- Crédito Postal: 500 €.

- Vodafone: 3.200 €.

- Hoist Finance Spain: 3.768 €.

Melilla, 17 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FRANCISCO DOMINGUEZ HERNANDEZ

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