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Documento BOE-J-2024-26504

VALÈNCIA. Edicto de 17 de enero de 2024 en procedimiento concursal número 601/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2024-26504

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia

Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 601/2023

NIG: 4625066120230003050

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de María Soledad Blanes Puentes

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Acuerdo: Reconocer la exoneración del pasivo insatisfecho A Doña María Soledad Blanes Puentes, alcanzado la misma la totalidad de los créditos ordinarios y subordinados, tanto comunicados como no comunicados, siempre que no tengan la condición legal de no exonerables de conformidad con lo dispuesto en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución.

Respecto del crédito adeudado a la TGSS, resultará exonerada la cifra de 9.636,19 euros (5.000 primeros euros y 50 por ciento del resto), no exonerándose la cantidad restante (4.636,19 euros).

El pasivo no satisfecho EXONERADO se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC. La extinción de los créditos no alcanza a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado respecto de los créditos que se extinguen.

Los acreedores afectados deberán comunicar a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros.

La conclusión del concurso de Doña María Soledad Blanes Puentes, cesando respecto de la misma todos los efectos de la declaración del concurso, una vez sea firme la presente resolución.

Notifíquese esta resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento.Publíquese edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal, al objeto de dar publicidad al presente auto y remítanse exhortos a los Registros Civiles donde conste inscrita la declaración de concurso a los efectos de que procedan a su cancelaciónContra este auto puede interponerse recurso de reposición en el plazo de 5 días a contar desde su notificación.Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libro correspondiente.

Así lo acuerdo, mando y firmo."

https://www.publicidadconcursal.es/

València, 17 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

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