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Documento BOE-J-2024-248114

MADRID. Edicto de 25 de abril de 2024 en procedimiento concursal número 237/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 106, de 1 de mayo de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-248114

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 237/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/04/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 dias

DESTINATARIOS

SANCHEZ RODRIGUEZ, DIEGO - Nº ***3933**

FERNANDEZ FERNANDEZ, ISABEL - Nº ***3383**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dña. ESTHER LÓPEZ RUANO, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso ordinario 237/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0592143, por auto de fecha 22-04-2024, se ha declarado en concurso voluntario, , a D./Dña. ISABEL FERNANDEZ FERNANDEZ y D./Dña. DIEGO SANCHEZ RODRIGUEZ, con nº de identificación 51939336T y 02633834N. De la solicitud se aprecia que el deudor D./Dña. DIEGO SANCHEZ RODRIGUEZ cuenta con un pasivo de 25.500,28 euros y que carece de masa activa. De la solicitud se aprecia que el deudor ./Dña. ISABEL FERNANDEZ FERNANDEZ cuenta con un pasivo de a 25.000,28 euros y que carece de masa activa. En cuanto a los efectos que la declaración de concurso sin masa comporta para el deudor, cabe indicar que no supone ninguna limitación de sus facultades de administración y disposición. Remítase esta resolución, de forma telemática, al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y publíquese en el Registro Público Concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de una administración concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos (art. 37 ter). La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/cove mediante el siguiente código seguro de verificación: 1295323130342745068321 Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid - Concurso ordinario 237/2024 2 de 2 Transcurrido el citado plazo sin que ningún legitimado haya formulado tal solicitud, al ser el deudor persona natural, podrá presentar, en el plazo de los 10 días siguientes, solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

Madrid, 25 de abril de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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