Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Dirección: Calle MALAGA 2
Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)
Código Postal: 35016
Provincia: Las Palmas
Teléfono: 928116548
Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org
Concursal
Número: 8/2023
Auto
Fecha: 17/04/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de la mercantil Santrey Producciones 2018, SL con cif B76357672.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 8/2023, se ha dictado en fecha 17 de abril de 2024 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil SANTREY PRODUCCIONES 2018 SL, con CIF B76357672, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de SANTREY PRODUCCIONES 2018 SL por finalización de la liquidación, con los siguientes efectos:
1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, y cesará la administración concursal.
2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.
3.- Se acuerda el cierre provisional de la hoja abierta a la persona jurídica concursada en el registro público en el que figure inscrita. En cuanto esta resolución devenga firme, el letrado de la Administración de Justicia expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente.
Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja.
ACUERDO aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no cabe interponer recurso alguno (art. 481.1 TRLC).
La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado».
Así lo acuerda, manda y firma D./Dña. ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIA, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria.EL/LA Magistrado Juez"
En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de abril de 2024.
Palmas de Gran Canaria (Las), 24 de abril de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA
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