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Documento BOE-J-2024-23832

MADRID. Edicto de 12 de enero de 2024 en procedimiento civil número 243/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 17, de 19 de enero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-23832

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 243/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 08/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin plazo

DESTINATARIOS

CORONEL LOCK, CHRISTIAN ANIBAL - NIF/NIE: ****6568*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio Verbal entre ENTIDAD DE GESTIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL (AGEDI), ARTISTAS INTÉRPRETES O EJECUTANTES,EGDPI (AIE) y SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES, Entidad de Gestión de Derechos de Propiedad Intelectual (SGA y D./Dña. CHRISTIAN ANIBAL CORONEL LOCK en reclamación de 2.067,22 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución: FALLO ESTIMO la demanda interpuesta por la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES (en adelante SGAE), de la ASOCIACIÓN DE GESTIÓN DE DERECHOS INTELECTUALES (AGEDI) y de ARTISTAS E INTÉRPRETES O EJECUTANTES, SOCIEDAD DE GESTIÓN DE ESPAÑA (AIE), (por contracción AGEDI-AIE), contra Inversiones Canillas S.L. a quien condeno al pago de la cantidad de 1447,74 euros, de la que corresponden a SGAE en concepto de indemnización, conforme a lo establecido en el artículo 140 del TRLPI, por la comunicación pública y reproducción de obras llevada a cabo sin su autorización en el establecimiento de la demandada por el periodo de noviembre de 2017 a mayo de 2021 ambos inclusive; la cantidad de 619,48 euros, a las entidades AIE Y AGEDI, en concepto de remuneración equitativa y única por la comunicación pública de fonogramas por dicho periodo, y a ésta última también por el derecho de reproducción infringido, de acuerdo con las tarifas generales de dichas entidades. Condeno al demandado a abonar el interés moratorio legal del art. 1101 y 1108 CC desde la presentación de la demanda, incrementado en dos puntos desde sentencia (art. 576 LEC), así como al pago de las costas de este procedimiento. Esta sentencia es firme al no ser susceptible de recurso de apelación por ser el procedimiento de cuantía inferior a 3.000 euros (art. 451 LEC). Y para que sirva de notificación a D. CHRISTIAN ANIBAL CORONEL LOCK expido y firmo la presente en Madrid, a veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés

Madrid, 12 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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