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Documento BOE-J-2024-210999

BURGOS. Edicto de 11 de abril de 2024 en procedimiento concursal número 348/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 93, de 16 de abril de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BURGOS
Referencia:
BOE-J-2024-210999

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Burgos

Dirección: Avenida DE LOS REYES CATOLICOS 51 bis

Localidad: Burgos

Código Postal: 09005

Provincia: Burgos

Teléfono: 947284151

Correo electrónico: rosamaria.alvarezbardon@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 348/2023

NIG: 0905942120230009150

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/02/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

DÑA. BEATRIZ BRIONES SANTAMARÍA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE BURGOS, por el presente,

HAGO SABER:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial como Concurso Ordinario 36/2024 y NIG 09059 42 1 2024 0001252, se solicitó el 30/01/24 por el Procurador ANDRES JALON PEREDA, la declaración de apertura del procedimiento especial de microempresas de la mercantil LOGISTICA Y VENTA DE CONGELADOS ALTAMAR S.A.L., con CIF A09316746, con domicilio social sito en Burgos, CARRETERA BURGOS-SANTANDER, KM 4, dictándose auto el 26/03/2024 declarando la apertura de dicho procedimiento especial. Que se ha acordado:- El deudor mantendrá las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, aunque sólo podrá realizar aquellos actos de disposición que tengan por objeto la continuidad de la actividad empresarial o profesional, siempre que se ajustan a las condiciones normales de mercado. - La disolución judicial de la concursada.Se advierte a los acreedores de que:- En los veinte días hábiles siguientes a la apertura del procedimiento especial de liquidación, cualquiera de ellos podrá presentar por medios electrónicos, a través de formulario normalizado, alegaciones en relación con la cuantía, características y naturaleza de su crédito, o respecto del inventario de la masa activa. Transcurrido dicho plazo, se considerarán definitivos tanto los créditos sobre los que no se hayan realizado alegaciones como las partidas del inventario no impugnadas.- En el mismo plazo referido, y de la misma forma, cualquier persona que tenga un crédito contra el deudor podrá solicitar la inclusión del mismo en el procedimiento especial de liquidación. La solicitud incluirá la identificación del acreedor, con la aportación de una dirección de correo electrónico, así como todos los datos relevantes relativos al crédito, incluyendo su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y clasificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. A la solicitud se acompañará copia del título o de los documentos relativos al crédito.- En plazo de SESENTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA APERTURA DE LA LIQUIDACIÓN, podrán solicitar la apertura de la calificación abreviada en los términos y formas establecidos en el art. 716 TRLC. Igualmente podrán proceder los socios personalmente responsables de las deudas.

Burgos, 11 de abril de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BEATRIZ BRIONES SANTAMARIA

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