Está Vd. en

Documento BOE-J-2024-189910

MADRID. Edicto de 2 de abril de 2024 en procedimiento concursal número 66/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 84, de 5 de abril de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-189910

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

Correo electrónico: mercantil4@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 66/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/04/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Milton Alberto espinoza Orellana 49818718M

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dña. MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Letrado/a de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid hace saber:

Que en el concurso Concurso ordinario 66/2024, con Número de Identificación Generaldel procedimiento 28.079.00.2-2023/0536523, por auto de fecha 1 de abril de 2024, se ha declarado en concurso voluntario, , a D./Dña. MILTON ALBERTO ESPINOZA ORELLANA, con nº de identificación 49818718M, y domiciliado en CALLE: Badajoz,nº 8 Esc/Piso/Prta: 2ºD C.P.:28830 San Fernando de Henares (Madrid) con los siguientes pronunciamientos.

1.- Declaración de concurso. DECLARO en concurso voluntario de acreedores, sin más pronunciamientos, al deudor D. MILTON ALBERTO ESPINOZA ORELLANA con NIF 49818718M con domicilio en C/ Badajoz nº 8, 2º D San Fernando de Henares(Madrid).

2.- Concurso sin masa. Considero que EXISTE CONCURSO SIN MASA. El importe del pasivo es de 249.879,76 euros

3. Remítase esta resolución, de forma telemática, al BOLETÍN OFICIAL DELESTADO para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único.

Procédase, asimismo, a su publicación, en el REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL.

En ambos casos con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentadosobre los siguientes extremos:

1. Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2. Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.

3. Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

4.- Solicitud de la exoneración del pasivo insatisfecho. Trascurrido el referido plazo de quince días sin que se haya solicitado el nombramiento de administrador concursal,el deudor persona física podrá presentar dentro de los diez días siguientes, a contar desde el vencimiento del plazo anterior, la solicitud de beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de reposición

Madrid, 2 de abril de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid