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Documento BOE-J-2024-18421

VALÈNCIA. Edicto de 14 de enero de 2024 en procedimiento concursal número 867/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2024-18421

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Valencia

Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927207

Correo electrónico: vamerca02_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 867/2023

NIG: 4625066120230004470

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de la mercantil

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. Mª JOSÉ ROIG SAPIÑA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de VALENCIA, por el presente HAGO SABER: Que en este Juzgado se siguen autos de CONCURSO ABREVIADO [CNA] - 867/2023 PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE MICROEMPRESAS, de NATURAL FRESH SL, con CIF Nº B98670490, con domicilio en la calle San Bernat nº 20 de Algemesí, presentado con fecha 9-noviembre-2023, repartido el 10-noviembre-2023, y en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 10-enero-2024 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. JACINTO TALENS SEGUI, por el que se ha acordado haber lugar a APERTURA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE MICROEMPRESAS de NATURAL FRESH SL, ascendiendo el pasivo a la cantidad de 39.049,32 euros, poniendo todo ello en conocimiento de los acreedores que representen, al menos, el 5 por ciento del pasivo, es decir, la cantidad de 1.952,46 euros, que en plazo de 15 días podrán solicitar el nombramiento de un administrador concursal, para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:1º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra losadministradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona juridica concursada; o contra la persona natural designada por la persona juri´dica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona juri´dica y contra la persona, cualquiera que sea su denominacio´n, que tenga atribuidas facultades de ma´s alta direccio´n de la sociedad cuando no exista delegacio´n permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.3º si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.Haciendo constar que la dirección electrónica del Registro Público Concursal https://www.publicidadconcursal.es/concursalweb/afectado/buscar.Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.En Valencia, a once de enero de dos mil veinticuatro LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

València, 14 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ROIG SAPIÑA

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