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Documento BOE-J-2024-183150

SEGOVIA. Edicto de 26 de marzo de 2024 en procedimiento concursal número 107/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 81, de 2 de abril de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2024-183150

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Segovia

Dirección: Avenida GERARDO DIEGO 3

Localidad: Segovia

Código Postal: 40006

Provincia: Segovia

Teléfono: 921463257

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 107/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 12/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Juan Pablo Vazquez Pujales

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

.- Declarar en concurso a JUAN PABLO VAZQUEZ PUJALES CON NIF50998794C con domicilio en C/ DEL SOL Nº 31 – 40592 – CEREZO DE ARRIBA –SEGOVIA toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual, fijándosecomo pasivo que resulta de la documentación la cantidad de 170.067,39 euros2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación dela persona concursada, al Procurador Sr. JESUS LORENZO SALCEDO RICO, con quiense entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones.3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario.4.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos quese publicarán, uno, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidadcon lo establecido en el artículo 35 del TRLC, en la forma y con los requisitosestablecidos en el artículo 37 TER del TRLC. La remisión del edicto al boletín serealizará de forma telemática por este órgano, y, el otro, en el Registro PúblicoConcursal, en la forma establecida en el Art 35 y Art. 37 ter del TRLCSe hace llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, elcinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguientea la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administradorconcursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientesextremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actosperjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en estaley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social deresponsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de lapersona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la personajurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargode administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea sudenominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedadcuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o variosconsejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado deculpable.

Segovia, 26 de marzo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA BEGOÑA GONZALEZ ROZAS

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