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Documento BOE-J-2024-183066

PONTEVEDRA. Edicto de 26 de marzo de 2024 en procedimiento concursal número 429/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 81, de 2 de abril de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - PONTEVEDRA
Referencia:
BOE-J-2024-183066

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pontevedra

Dirección: Calle HORTAS S/N

Localidad: Pontevedra

Código Postal: 36004

Provincia: Pontevedra

Teléfono: 986805163

Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 429/2023

NIG: 3603847120230000716

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 26/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de "Santos Gómez Lima"

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Presentado el anterior escrito por la administración concursal junto con el informe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 290 y 508 del TRLC, acuerdo:

1.- Unir al presente procedimiento concursal el informe de la administración concursal, y sus documentos, con el inventario de bienes y derechos. Asimismo, se acuerda llevar copia del informe y sus documentos a la Sección II, de acuerdo a lo previsto en el artículo 508 del TRLC.

2.- Comunicar la presentación del informe a las partes personadas, haciéndoles saber que pueden examinar el informe y los documentos complementarios en la oficina judicial.

3.- Anunciar la presentación del informe por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de esta oficina judicial y en el Registro Público Concursal, de forma telemática.

La administración concursal remitirá telemáticamente copia del informe y de los documentos complementarios a aquellos acreedores, reconocidos o excluidos, de cuya dirección electrónica tenga constancia.

4.- En los edictos hágase saber a los interesados que en el plazo de DIEZ DÍAS, computado desde la inserción en el Registro Público Concursal, podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen les es perjudicial.

La impugnación del inventario podrá consistir en la solicitud de inclusión o de la exclusión de bienes o derecho, o del aumento o disminución del avalúo de los incluidos.

La impugnación de la lista de acreedores podrá referirse a la inclusión o a la exclusión de créditos concursales, así como a la cuantía o a la clasificación de los reconocidos.

Pontevedra, 26 de marzo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN

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