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Documento BOE-J-2024-182980

BARCELONA. Edicto de 26 de marzo de 2024 en procedimiento concursal número 1217/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 81, de 2 de abril de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2024-182980

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549461

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1217/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Auto conclusión y exoneración pasivo insatisfecho

DESTINATARIOS

Concurso sin masa 1217/2023-B. Sra. Ana María Expósito Montero

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Barcelona

Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075

TEL: 935549461

Concurso sin masa 1217/2023-B

Concursada: Ana Maria Expósito Montero

EDICTO

Santiago García Miguel, Letrado del Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Barcelona hago saber que:

En el Concurso sin masa 1217/2023-B en fecha 21 de marzo de 2024 se ha dictado un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de la Sra. Ana Maria Expósito Montero, con NIF 53029259E.

Contra la misma resolución, la cual asimismo acuerda la exoneración del pasivo insatisfecho, cabe recurso de reposición.

En Barcelona, a 21 de marzo de 2024.

El Letrado de la Administración de Justicia

Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.

Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.

Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.

El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.

En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.

Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Barcelona, 26 de marzo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SANTIAGO GARCIA MIGUEL

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