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Documento BOE-J-2024-178457

MADRID. Edicto de 21 de marzo de 2024 en procedimiento civil número 153/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 78, de 29 de marzo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-178457

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 153/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 1 mes para comunicación de créditos.

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de Dña. Maria Elena Hernanz Lopez.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el concurso Concurso ordinario 153/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0091626, presentado por la deudora en fecha 22/03/2023 y repartido a este Juzgado por Decanato el 13/02/2023 por auto de fecha 18/03/2024, se ha declarado en concurso voluntario, , a D./Dña. MARIA ELENA HERNANZ LOPEZ, con nº de identificación 53412683J, y domiciliado en C/ de los Frailes, nº 5 Esc/Piso/Prta: B Colmenar Viejo (Madrid) 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es: D./Dña. ROSA FERNANDEZ TIESSEN D.N.I:54125308Y DOMICILIO: C/ Federico Tapia 17 bis Entreplanta Local 4, 15005 La Coruña CORREO ELECTRÓNICO: rftiessen@outlook.com ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 21 de marzo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA

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