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Documento BOE-J-2024-17770

SEVILLA. Edicto de 12 de enero de 2024 en procedimiento civil número 1232/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2024-17770

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: jinstancia.4.sevilla.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1232/2023

NIG: 4109142120230034130

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 15/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Cinco días

DESTINATARIOS

ALBA AMO VILCHEZ - NIF/NIE: ***3749**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el procedimiento arriba referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

DECRETO N.º 1004/2023

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Cecilia Carande Cameno

En Sevilla, a la fecha de su firma electrónica.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- En el presente proceso monitorio, promovido por el procurador MATILDE RIAL TRUEBA en representación de CABOT SECURITISATION (EUROPE) LIMITED, se ha requerido al/a la deudor/a ALBA AMO VILCHEZ para que en el plazo de veinte días pagase al/a la acreedor/a la cantidad de 1.608,82 euros, y acreditase el pago ante el tribunal, o compareciere ante éste y alegase en escrito de oposición las razones por las que, a su entender, no debía en todo o en parte la cantidad reclamada.

El requerimiento ha tenido lugar el día 7 de septiembre de 2023 y han transcurrido los veinte días desde el mismo sin que el/la deudor/a requerido/a haya manifestado haber pagado y sin que tampoco haya formulado oposición.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Dispone el artículo 816.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), que si el deudor requerido en el proceso monitorio no atendiere el requerimiento de pago o no compareciere –se entiende que para manifestar haber pagado o para oponerse-, el Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por terminado el proceso monitorio y dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución.

Segundo.- Como esto es lo sucedido en el presente caso, procede declarar finalizado el proceso monitorio, y dar traslado al/a acreedor/a para que solicite el despacho de ejecución, con los requisitos de postulación exigidos en el artículo 539 de la LEC.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se declara terminado el presente proceso monitorio iniciado a instancia de el procurador MATILDE RIAL TRUEBA en representación de CABOT SECURITISATION (EUROPE) LIMITED, frente a ALBA AMO VILCHEZ, en reclamación de 1.608,82 euros.

2.- Dese traslado a CABOT SECURITISATION (EUROPE) LIMITED para que inste, en su caso, el despacho de ejecución, una vez sea firme la presente resolución, advirtiéndole que será preceptiva la intervención de abogado/a y procurador/a si la cantidad por la que se pretenda el despacho supera los 2000 euros.

De esta resolución doy cuenta al Órgano Judicial.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REVISIÓN ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4000 0000 08 1232 23, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo decreto y firmo:

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: ALBA AMO VILCHEZ, por diligencia de ordenación de 08/01/2024, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de la oficina judicial para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Sevilla, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Sevilla, 12 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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