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Documento BOE-J-2024-173284

MADRID. Edicto de 18 de marzo de 2024 en procedimiento civil número 89/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 75, de 26 de marzo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-173284

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 89/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Quince días

DESTINATARIOS

Auto declaración concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid ANUNCIA Que en el Concurso Ordinario 89/2024, con Número de Identificación General (NIG) del procedimiento 28.079.00.2-2023/0562093, por Auto de 14/03/2024, se ha declarado en concurso a la mercantil Urbanox 17 Facilty Service, S.L. con CIF B87815791, y un pasivo por importe de 339.357,06 euros. 1.- Procédase al llamamiento del acreedor o a acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos del artículo 37 ter del TRLC. 2.- Las reglas de compensación y liquidación que adopta este Juzgado para el pago de la retribución, por parte del/ los acreedor/es, del informe de la administración concursal, son las siguientes: 1ª) el importe que se abone al administrador concursal deberá detraerse de la total retribución que corresponda al mismo, por el desempeño de sus funciones, caso de declararse, a la vista del informe confeccionado, el auto complementario previsto legalmente; 2ª) en tales supuestos, el acreedor que abone dicha retribución verá reconocido en el concurso un crédito contra la masa por dicho importe, que tendrá, además, en caso de insuficiencia sobrevenida de masa, la calificación de crédito imprescindible para concluir la liquidación. 3.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.registradores.es

Madrid, 18 de marzo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ

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