Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Lugo
Dirección: Calle ARMANDO DURÁN S/N
Localidad: Lugo
Código Postal: 27002
Provincia: Lugo
Teléfono: 982294700
Civil
Número: 255/2023
NIG: 2702842120230004669
Auto
Fecha: 22/12/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
ABANTE CLUSTER HOLDING S.L. - Nº ****4727*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2 DE LUGO
-
ARMANDO DURAN S/N
Teléfono: 982-294701/02, Fax: ..
Correo electrónico: ..
Equipo/usuario: MF
Modelo: N65925
N.I.G.: 27028 42 1 2023 0004669
ENJ EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 0000255 /2023
Procedimiento origen: /
Sobre RECLAMACION DE CANTIDAD
EJECUTANTE D/ña. BANCO SANTANDER SA
Procurador/a Sr/a. SILVIA MALAGON LOYO
Abogado/a Sr/a. MARIA LOSADA LOPEZ-RUA
D/ña. ABANTE BUSINESS PROCESS OUTSOURCING SLU, ABANTE CLUSTER HOLDING S.L.
Procurador/a Sr/a. ,
Abogado/a Sr/a. ,
E D I C T O
En este órgano judicial se tramita EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 255 /2023, seguido a instancias de BANCO SANTANDER SA, contra ABANTE BUSINESS PROCESS OUTSOURCING SLU Y ABANTE CLUSTER HOLDING S.L. , sobre RECLAMACION DE CANTIDAD en los que, por resolución de fecha se ha acordado :
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución de título indicado a favor de la ejecutante, BANCO SANTANDER SA, frente a ABANTE BUSINESS PROCESS OUTSOURCING SLU Y ABANTE CLUSTER HOLDING S.L. , parte ejecutada, , por importe de 143.994,34 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 43.198,30 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación, .
El presente auto, junto con el decreto que dictará el el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C.
En la misma fecha se dictó Decreto cuya parte dispositiva dice:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo requerir de pago al ejecutado ABANTE BUSINESS PROCESS OUTSOURCING SLU Y ABANTE CLUSTER HOLDING S.L. por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda más otros euros presupuestados para intereses y costas de ejecución y, si no pagase en el acto, se proceda al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta, librando al efecto los despachos correspondientes para su efectividad.
Estar a la espera de que conste practicado el requerimiento de pago al/los ejecutado/s para librar los oficios y/o adoptar las medidas de garantía y publicidad necesarias en relación con cada uno de los embargos trabados.
Remìtase exhorto al Juzgado de Primera Instancia Decano de Madrid para el REQUERIMIENTO de ABANTE CLUSTER HOLDING S.L.
El presente decreto se notificará en la forma dispuesta en el auto que autoriza la ejecución.
Y, para que sirva de notificación en forma a ABANTE CULSTER HOLDING S.L., expido y firmo la presente en LUGO, a veintidós de diciembre de dos mil veintitrés.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
Lugo, 10 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FRANCISCO JULIAN HINOJAL GIJON
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid