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Documento BOE-J-2024-113695

ALMERÍA. Edicto de 26 de febrero de 2024 en procedimiento civil número 372/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 53, de 29 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2024-113695

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 372/2023

NIG: 0401342120230008704

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 22/02/2024

Objeto de la publicación edictal:

Citación

DESTINATARIOS

Posibles Interesados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O CITACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución mandando a emplazar por medio de edictos a GABRIEL VAQUERO RUIPEREZ. habiéndose dictado en su día decreto de admisión de la demanda con el tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrado de la Administración de Justicia: D. CARMEN VICTORIA GARCIA RAVASSA en funciones de sustitución David Pérez Martínez

En Almería, a veintidós de febrero de dos mil veinticuatro.

No habiendo comparecido la parte demandada, GABRIEL VAQUERO RUIPEREZ, dentro del plazo para contestar a la demanda que se le ha otorgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la L.E.C., se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal.

Según lo previsto en el artículo 497.1 de la L.E.C., por ser conocido el domicilio de la parte demandada, notifíquesele esta resolución por correo certificado con acuse de recibo, advirtiéndole que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.

Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la L.E.C. y en virtud de lo dispuesto en el mismo, se convoca a las partes a la audiencia previa al juicio, para:

1. Intentar un acuerdo o transacción entre las mismas.

2. Examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto.

3. Fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho, sobre los que exista controversia.

4. Proponer y admitir prueba, en su caso.

5. Examinar las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley, puedan plantearse en la misma.

Se señala para la celebración de la audiencia el próximo DIA 16 DE ABRIL DE 2024 A LAS 09:30 HORAS, en la sede de este tribunal, citándose a las partes con las prevenciones que seguidamente se indican:

- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado.

- Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores, deberán otorgar a estos poder para renunciar, allanarse o transigir.

- Si no comparecieran personalmente ni otorgaren el apoderamiento expresado se les tendrá por no comparecidos (artículo 414. 2 de la L.E.C.).

- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará decreto de sobreseimiento del proceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si sólo comparece la parte demandada y ésta no alegare interés legítimo en que continúe el procedimiento, también se sobreseerá el proceso (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si fuera la parte demandada la que no concurriere a la audiencia, el acto se entenderá sólo con el actor (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si faltare a la audiencia el abogado de la parte actora, se sobreseerá el proceso, salvo que la parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento ( artículo 414.4 de la L.E.C.).

- Si faltare el abogado de la parte demandada, se seguirá la audiencia con el demandante en lo que resultare procedente (artículo 414.4 de la L.E.C.).

- CITANDOSE A LA PARTE DEMANDANTE A TRAVES DE SU REPRESENTACIÓN PROCESAL

CITANDOSE A LA PARTE DEMANDADA SERAFIN LOPEZ PIZARRO A TRAVES DE SU REPRESENTACIÓN PROCESAL

- CITANDOSE AL DEMANDADO GABRIEL VAQUERO RUIPEREZPOR MEDIO DE EDICTOS .-

La vista/audiencia previa señalada se celebrará sin la presencia del/la Sr/a Letrado/a de la Administración de Justicia, pudiendo las partes solicitar al menos dos días antes de la celebración de la vista/audiencia la presencia del/a mismo/a en la sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 147 de la L.E.C.

Y como consecuencia del ignorado paradero de GABRIEL VAQUERO RUIPEREZ se extiende la presente para que sirva de CITACION

ALMERIA a 22 de febrero del 2024

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Almería, 26 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ

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