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Documento BOE-J-2024-111961

MADRID. Edicto de 7 de febrero de 2024 en procedimiento civil número 217/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 52, de 28 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-111961

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 217/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: -

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de Tapizados New Mode SL cif B78800711

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el Concurso ordinario 217/2023, con NIG del procedimiento 28.079.00.2-2023/0136437, por auto de fecha 21/12/2023, se ha declarado en concurso voluntario a TAPIZADOS NEW MODE S.L., con nº de identificación B78800711, y domiciliado en C/ Núñez de Balboa nº120 Madrid, habiéndose dictado Auto de 18 de enero de 2024 nombrando Administradora Concursal tras la no aceptación de la nombrada anteriormente. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal, que ha aceptado el cargo, es Dña. María Jesús Hoyos Díez DNI 71425741T, con domicilio postal en C/ Silva nº2, Piso 1, Puerta 4, 28013 Madrid, y dirección electrónica mjhoyos@hjabogados.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 7 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, RAFAEL LAFUENTE SEVILLA

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