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Documento BOE-J-2024-111921

GRANADA. Edicto de 23 de febrero de 2024 en procedimiento concursal número 357/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 52, de 28 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-111921

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 357/2023

NIG: 1808742120230009847

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 19/02/2024

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 1 mes

DESTINATARIOS

Ignorados acreedores de Antonio Jesus Perez Cruz

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

ED I C T O

El Juzgado de lo Mercantil nº2 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 552. 553 y 554 del Texto Refundido de la Ley Concursal,

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento Concurso Necesario nº 357/2023, con NIG 1808742120230009847, presentado en fecha 28 de abril de 2023, repartido a este órgano judicial el día 2 de mayo 2023 y admitido a trámite por Auto de 18 de mayo de 2023, por AUTO de fecha 19 de febrero de 2024 se ha declarado en concurso al deudor ANTONIO JESUS PEREZ CRUZ con DNI 74.669.702-H, domicilio a efecto de notificaciones en Granada, en C/ Zoraya nº 32 18008, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en GRANADA.

2.-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal. La suspensión y sustitución se refieren a las facultades de administración y disposición sobre los bienes, derechos y obligaciones que hayan de integrarse en el concurso; los actos efectuados en contra de dicha suspensión y sustitución podrán ser anulados.

3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 255 y 256 del texto refundido de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada es D. JOSE ANTONIO SANCHEZ PEREZ, con domicilio en Avda. de los Andaluces, nº 11, 5º-B de GRANADA, CP 18014, Teléfono 607 62 57 40 y email: 1769@icagr.es

El plazo para esta comunicación es el de UN MES contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el arts. 35 y 552 del T.R.L.C.

4º- Durante el plazo para la comunicación de créditos, los acreedores y demás personados, podrán remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del T.R.L.C).

6º- Que el Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso www.publicidadconcursal.es

Granada, 23 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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