Juzgado de lo Social Nº 15 de Valencia
Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961929108
Social
Número: 70/2022
NIG: 4625044420220000766
Diligencia
Fecha: 08/03/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
ARTURO MANUEL SUMINISTROS INTEGRALES SL - Nº ****6189*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000070/2022 a instancias de LOURDES RAMOS ZAMORA contra FONDO DE GARANTIA SALARIAL y ARTURO MANUEL SUMINISTROS INTEGRALES,S.L. en la que el día 6 de marzo de 2023 se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice:
"FALLO:Con estimación de la demanda por despido presentada por Dª. LOURDES RAMOS ZAMORA contra la empresa ARTURO MANUEL SUMINISTROS INTEGRALES S.L. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo declarar y declaro la improcedencia del despido enjuiciado de fecha de efectos 30 de noviembre de 2021y habiendo optado la parte demandante y FOGASA en el acto del juicio por la extinción contractual al no ser posible la readmisión de latrabajadora por hallarse la empresa cerrada y sin actividad, debo declarar y declaro la extinción de la relación laboral de la actora con la empresa demandada, condenando a la empresa demandada a abonar a la trabajadora demandante la cantidad de 25.056 euros en concepto de indemnización.Asimismo, con estimación de la demanda sobre reclamación de cantidad presentada por Dª. LOURDES RAMOS ZAMORA contra la empresa ARTURO MANUEL SUMINISTROS INTEGRALES S.L. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL,debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la demandante la cantidad de 7.962,49 euros en concepto de principal, más la cantidad de 796,25 euros en concepto de intereses moratorios.Todo ello con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en la parte que legalmente le corresponda, para el caso de insolvencia de la empresa, hasta un máximo de 8.613 euros respecto de la indemnización por despido improcedente.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la presente resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte, su Abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito ante este Juzgado."
València, 10 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, EVA MARIA DIAZ MARCO
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