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Documento BOE-J-2023-9104

DOS HERMANAS. Edicto de 10 de enero de 2023 en procedimiento civil número 672/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 13, de 16 de enero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2023-9104

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Dos Hermanas

Dirección: Plaza ESCULTORA CARMEN JIMÉNEZ S/N

Localidad: Dos Hermanas

Código Postal: 41701

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955512196

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.DosHermanas.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 672/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 17/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

JUAN RINCÓN MORENO - NIF/NIE: ***7078**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

S E N T E N C I A Nº 237/2022

En DOS HERMANAS a diecisiete de octubre de dos mil veintidós.

Dª ELENA ALONSO ACERO, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Tres de Dos Hermanas, vistos los autos del juicio de Divorcio Contencioso reconducido a mutuo acuerdo nº 672/2021 promovido por representación Dª JOSEFA DELGADO BUSTOS , representado por la procuradora Sr. Hurtado Muñoz y asistido del letrado. Sr De Castro REyes , frente a D. JUAN RINCON MORENO, declarado en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda de divorcio promovida por Dª JOSEFA DELGADO BUSTOS frente a D. JUAN RINCON MORENO debo declarar como declaro la DISOLUCIÓN POR CAUSA DE DIVORCIO DEL MATRIMONIO formado por Dª JOSEFA DELGADO BUSTOS y D. JUAN RINCON MORENO celebrado el día 22 de Marzo de 1975 en Dos Hermanas , con la producción ipso iure de los efectos inherentes a la desaparición del vínculo matrimonial y la disolución de la sociedad de gananciales.

Así mismo se acuerdan las siguientes medidas:

Se atribuye la vivienda conyugal, así como el ajuar y mobiliario con carácter alternativo y con periodicidad anual a ambos cónyuges , comenzando por la actora; los gastos comunes derivados de la propiedad de los bienes comunes serán sufragados por ambos cónyuges por mirad; el uso del vehículo Renault Scenic con matrícula 2078 BVN se atribuye al demandado.

No procede realizar ningún pronunciamiento más al ser los hijos mayores de edad.

No se condena en costas

Firme que sea esta sentencia comuníquese de oficio con los insertos preciso al Registro Civil de Dos Hermanas a efectos de su anotación y constancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de veinte días.

Dos Hermanas, 10 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ELENA SALCEDO RUIZ

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