Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Jaén
Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16
Localidad: Jaén
Código Postal: 23007
Provincia: Jaén
Teléfono: 953963164
Correo electrónico: JInstancia.3.Jaen.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1226/2021
Sentencia
Fecha: 23/05/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
JESUS MARTINEZ ORDOÑEZ - NIF/NIE: ***3944**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
"Fallo
Estimo integramente la demanda interpuesta por la Procuradora, Dña. María Luisa Guzmán Herrera en nombre y representación de mahou s.a.., y contra Jesus Martinez Ordoñez declarado en rebeldía, y condeno a Jesus Martinez Ordoñez d a pagar a mahou s.a.. la cantidad de 20.000 euros, más los intereses legales y con todo ello con expresa condena en costas a la demandada.
Líbrese testimonio de la presente sentencia para su unión a autos de su razón quedando el original en el presente libro.
Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que la misma no es firme y que contra la misma pueden interponer recurso de apelacion ante la Audiencia Provincial de JAÉN (artículo 455 L.E.C.). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 L.E.C.).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander nº , indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código ‘02’, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."
Jaén, 2 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA INMACULADA BAREA COBO
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