Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Valencia
Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961927205
Correo electrónico: vamerca01_val@gva.es
Civil
Número: 193/2022
NIG: 4625066120220001108
Diligencia
Fecha: 21/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Sentencia
Fecha: 21/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
RED UNIVERSAL DE MARKETING Y BOOKING ONLINE SAU - NIF/NIE: A82602871
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTOD/Dª Mª ISABEL BOGUÑA PACHECO, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE VALENCIA, HAGO SABER:Que en autos de se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:S E N T E N C I A Nº 40En Valencia, a veintiuno de febrero de dos mil veintitrés.VISTOS por el Ilmo. Sr. D. SALVADOR VILATA MENADAS, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Valencia, los presentes autos de juicio verbal, registrados con el numero 193/2022, que dimana de autos de juicio monitorio num. 543/20 de los asuntos civiles de este Juzgado; siendo partes Dña. SANDRA SOLIS MIGUEL, como parte demandante, y la entidad IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA, representada por el Procurador Sra. Gil Bayo y asistida del Letrado Sra. Espinosa Herrero, y la mercantil RED UNIVERSAL DE MARKETING Y BOOKING ONLINE S.A.U., como parte demandada, se procede,F A L L OQue estimando como estimo la demanda promovida por Dña. SANDRA SOLIS MIGUEL debo condenar y condeno a la parte demandada RED UNIVERSAL DE MARKETING Y BOOKING ONLINE S.A.U. a que abone a la actora la cantidad total de 278,99.- euros de principal, con más los intereses legales de la misma desde el dia 25 de junio de 2020 y hasta el completo pago de la deuda, condenándole asimismo al pago de la totalidad de las costas procesales causadas, y debo absolver y absuelvo a la codemandada IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA de las pretensiones articuladas en su contra.Notifiquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que frente a la misma no cabe interponer recurso y es firme.Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.» Siguen las firmas.Y para que sirva de NOTIFICACIÓN al codemandado RED UNIVERSAL DE MARKETING Y BOOKING ONLINE SAU, con paradero desconocido, extiendo el presente, en VALENCIA, a veintiuno de febrero de dos mil veintitrés.
València, 22 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL BOGUÑA PACHECO
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