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Documento BOE-J-2023-72582

VALÈNCIA. Edicto de 22 de febrero de 2023 en procedimiento concursal número 26/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-72582

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 26/2023

NIG: 4625066120230000112

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/02/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

Concurso de Jorge Valero Peña Huertas y Alma Rosa Salazar Cordon

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dña. CRISTINA Mª VALERO DOMENECH, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de loMercantil num. 4 de VALENCIA, por el presente hago saber que en este Juzgado setramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000026/2023, con NIG num. 46250-66-1-2023-0000112, habiéndose presentado en fecha 9/1/23 solicitud de declaraciónconcursal, fue repartida 11/1/23, habiéndose dictado en fecha 21/2/23 auto de declaraciónde concurso voluntario de acreedores de JORGE VALERIO PEÑA HUERTAS y ALMAROSA SALAZAR CORDON con CIF/NIF Nº. 35607163N y 23853861D, con llamamientoal acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo afin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto,puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presenteinforme razonado y documentado sobre los siguientes extremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudicialespara la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidadcontra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídicaconcursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradorapara el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador personajurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidasfacultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanentede facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado deculpable.Póngase en conocimiento de los acreedores que en caso de no solicitar elnombramiento de administrador concursal, se declarará la conclusión de concurso porinsuficiencia de masa activa.La dirección de correo electrónico donde se publicarán las resoluciones quetraigan causa del concurso es: https://www.publicidadconcursal.es/concursalweb/afect

València, 22 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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